Nuevas prácticas para un Abogar Emergente

¿Te preguntaste alguna vez si las formas en las que hoy se ejerce la abogacía son satisfactorias? ¿Crees que el sistema judicial está a la altura de lo que la sociedad necesita, que brinda las respuestas que la comunidad precisa o espera? Creo que podemos responder juntos con un rotundo no. Estoy convencida de que el sistema jurídico es, hace años, incapaz de brindar soluciones rápidas, sensibles, humanas y reales a las disputas personales, sociales, económicas y políticas que surgen en cada rincón de Latinoamérica.

Pero creo, también, que estamos en el momento exacto para poder actuar y transformar esta realidad. Podemos ser protagonistas. En este mundo cambiante, ambiguo, volátil e incierto (si querés saber más sobre las particularidades de este nuevo mundo te invito a leer: “Abogados en un Mundo VICA”), se nos están presentando hoy las oportunidades para mirar por fuera de la caja, para salirnos de nuestras rígidas estructuras de abogados. 

Podemos despojarnos ya de algo de lo conocido para abrazar algo nuevo, algo que está emergiendo, y que nos abre a los abogados nuevas oportunidades para desarrollarnos como profesionales y para brindar un acompañamiento real, con verdaderas soluciones humanas para las personas. ¿A qué me refiero? A que existen otras formas de ejercer la abogacía, de resolver los conflictos, de acompañar al cliente, que ya están surgiendo y que podemos emplear. 

Aquí te adelantaré las bases de estas nuevas prácticas emergentes del derecho y cuál es tu aporte como abogado en estas metodologías. En futuros artículos me centraré en desarrollar las dos que más me apasionan. ¡Pero no nos adelantemos!

Nuevas formas de ejercer el derecho

Existe un pedido palpable por parte de la sociedad que, cuando acude a un abogado o a tribunales, no encuentra satisfecha su necesidad o al menos no encuentra la respuesta que quiere. Como profesionales, no podemos obviar esta evidente insatisfacción, esta falta de respuesta y de credibilidad en la justicia.

Te preguntarás: ¿Qué hacemos ahora? ¿Hay otras formas de ejercer por fuera de lo que conocemos? ¿Cuáles son las nuevas prácticas que empiezan a emerger en nuestro ejercicio profesional? ¿Por qué digo que emergen?

Algo emerge cuando está abajo, latiendo, como lo hacen las semillas de un árbol que empiezan a crecer cuando están listas para salir. Si hay algo arriba, eso se cae y se rompe. Nuestro mundo, tal como lo conocíamos, se está desarmando y está dando espacio al nacimiento de nuevas formas. Cuando en la superficie hay caos, las viejas estructuras empiezan a perder fuerza, se resquebrajan y se rompen. ¡Y eso sucede porque hay algo interno que está naciendo y que necesita crecer! 

Esto ya está ocurriendo en el ejercicio del derecho. Hay algo nuevo que empieza a pulsar, que está aún debajo de los escombros de esos métodos y fragmentos del sistema que están cayendo, y que quiere aparecer con todas su potencia transformadora.

Veo que muchas de las formas clásicas contemporáneas de resolución de conflictos no judiciales – arbitraje, mediación, negociación, por ejemplo – no brindan las respuestas en el tiempo que se necesitan, llevándonos a la frustración. Pero no hay que dejar que emociones negativas como la frustración, la desconfianza y la ira nos dominen. 

Todo lo contrario. Nos debe mover el poder recomponer el tejido social dañado. Debemos dejarnos llevar por nuestra motivación interna de ayudar a otros, de conformar una sociedad donde no haya injusticias, que es lo que nos impulsó al momento de elegir nuestra profesión.

Entonces, quiero contarte que frente a estos modos actuales de resolución de conflictos hay nuevas formas emergentes de ejercer y ejercitar nuestra profesión, como son, por ejemplo, la Justicia restaurativa, el Derecho colaborativo y las Conversaciones 3xi, por nombrar solo algunas.

A diferencia de lo que hoy conocemos, estas prácticas tienen en común que las partes pasan a ser protagonistas de la resolución del conflicto; se convierten  en autores y autoridad en la resolución, y tienen el poder de resolverlo o no, desde su propia soberanía.

Sin ahondar todavía en detalles, te adelanto brevemente acerca de dos de estos innovadores mecanismos:

  • La Justicia restaurativa es una corriente del derecho, aplicada principalmente en lo penal, que define al conflicto como un rompimiento de vínculos sociales. Ella establece que el comportamiento delictivo no es solamente un problema de la ley, sino que también hace a la víctima y a la comunidad. Entonces, se hace presente una necesidad de restaurar los vínculos rotos y, como consecuencia, de sanar el tejido social.  
  • En tanto, el Derecho colaborativo, como bien lo indica su nombre, establece una  forma colaborativa de resolver los conflictos. Bajo el principio de no ir a juicio, los abogados y las partes – siempre presentes y protagonistas – deben arribar consensuadamente a un acuerdo consciente. 

En estas dinámicas, los abogados cumplimos un papel fundamental: actuamos como facilitadores y como articuladores de conversaciones. Pasamos a ser guardianes de los derechos de las partes, y la autoridad y el poder quedan como partes involucradas en el caso. Así, nos acercamos, definitivamente, a brindar soluciones efectivas, más sólidas, duraderas y humanas.

Un nuevo camino de colaboración e integración colectiva

Estas prácticas requieren de un compromiso ineludible. Por un lado, con nosotros mismos, para ser el abogado que queremos ser y que el mundo actual necesita. Por otro, con la sociedad, hoy fragmentada, que precisa más que nunca de nuevos espacios de encuentro y de escucha para resolver sus conflictos, y para lograr nuevos y superadores acuerdos que se ajusten a sus necesidades.

En este camino, la gestión de nuestras habilidades blandas y emociones es fundamental. Debemos, como abogados, conectarnos con nuestra creatividad y creación, siempre respetando todos los derechos – el de las partes y los nuestros – y el del orden normativo que regula las relaciones, para ofrecer formas innovadoras por fuera de lo que hoy está dado y que, vemos, no funciona. 

Tenemos que desembarazarnos de la ceguera que traemos, de los modos rígidos del derecho y de la ley en la que nos formamos como profesionales. Debemos comenzar, entonces, por modificar nuestra mirada como abogados: si logramos mirar hacia adentro y gestionar las emociones propias, podremos colaborar en articular las disímiles y legítimas emociones de la sociedad.

Sin dudas, puedo asegurarte que nuestro valor agregado profesional en estas prácticas emergentes es el poder humano y nuestra habilidad como seres humanos.

Te recuerdo que no estamos solos en este transitar: somos muchos los que queremos una abogacía distinta, y eso me emociona. ¡Cada vez somos más!

Te invito a que caminemos juntos en esta dirección.

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